Según Colegiado 2 de Rosario, las causas contra Facebook o Google deben tramitar ante la Justicia Federal.
Una clínica de estética demandó a Google y Facebook por publicar información calumniosa y que afectaba la imagen de la institución.
Adujo que un cliente había cancelado un tratamiento por la información que publicaban los portales.
La institución solicitó ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual nro. 2 se despache una medida cautelar innovativa urgente contra Google y contra Facebook con el fin de eliminar la información ilegal que resulta comercial y moralmente dañosa para la accionante y que se encuentra publicada en Internet por parte de la accionada y se accede desde el portal Facebook y desde el buscador Google.com.ar.
El Tribunal Colegiado se declaró incompetente debido a que por la ley 25.326 se reserva la jurisdicción federal en cuestiones vinculadas a los registros, archivos, bases o bancos de datos interconectados en redes de alcance interjudidiccional, nacional e internacional.
Por ende, “si la información que se pretende suprimir fue proporcionada por Internet, que constituye una red interconectada, es claro que deben intervenir en la controversia los jueces federales con competencia civil y comercial”.
El fallo es el 184 del 2010.
Fuente: http://www.eljurista.net/page/noticias/id/178/title/Contra-Google-y-Facebook-al-Federal
Una clínica de estética demandó a Google y Facebook por publicar información calumniosa y que afectaba la imagen de la institución.
Adujo que un cliente había cancelado un tratamiento por la información que publicaban los portales.
La institución solicitó ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual nro. 2 se despache una medida cautelar innovativa urgente contra Google y contra Facebook con el fin de eliminar la información ilegal que resulta comercial y moralmente dañosa para la accionante y que se encuentra publicada en Internet por parte de la accionada y se accede desde el portal Facebook y desde el buscador Google.com.ar.
El Tribunal Colegiado se declaró incompetente debido a que por la ley 25.326 se reserva la jurisdicción federal en cuestiones vinculadas a los registros, archivos, bases o bancos de datos interconectados en redes de alcance interjudidiccional, nacional e internacional.
Por ende, “si la información que se pretende suprimir fue proporcionada por Internet, que constituye una red interconectada, es claro que deben intervenir en la controversia los jueces federales con competencia civil y comercial”.
El fallo es el 184 del 2010.
Fuente: http://www.eljurista.net/page/noticias/id/178/title/Contra-Google-y-Facebook-al-Federal
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