Lo resolvió la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional. El tribunal hizo lugar a las apelaciones de los denunciantes y revocó dos fallos que habían declarado inadmisibles las presentaciones por cuestiones formales
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó dos resoluciones que habían declarado inadmisibles por cuestiones formales dos querellas por injurias a partir de publicaciones realizadas en la red social Facebook.
En
una de ellas, la Sala señaló que de las impresiones de los sitios web
certificados por escribano surgían claramente los términos utilizados y
la fecha en la que habrían sido publicados los comentarios considerados
injuriantes.
Y agregó que no
corresponde considerar como obstáculo para la admisibilidad el no poder
conocer el contenido de documentación que el propio querellante demostró
no poder obtener por sus propios medios cuando, con los datos
aportados, ésta puede ser requerida por el magistrado.
En
tanto, en el otro caso, se precisó que el pretenso querellante había
cumplido con los requisitos procesales exigidos por la norma y que no
puede rechazarse el planteo porque el recurrente indicó que desconoce el
domicilio del querellado, cuando justamente solicitó medidas
preliminares a los efectos de su determinación.
Haga click en el link de la fuente, para ver el FALLO COMPLETO EN PDF.
Fecha: 01/08/2011
Fuente:http://www.cij.gov.ar/nota-7388-Admiten-dos-querellas-por-injurias-a-partir-de-publicaciones-en-Facebook.html
Fuente:http://www.cij.gov.ar/nota-7388-Admiten-dos-querellas-por-injurias-a-partir-de-publicaciones-en-Facebook.html
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