Una jueza civil hizo lugar al reclamo de una cantante, que demandó a los buscadores de Internet por indexar en sus sitios páginas de contenido sexual donde vinculaban el nombre e imagen de la artista. Fallo completo
La jueza Virginia Simari, titular del Juzgado
Nacional en lo Civil Nº 75, hizo lugar este miércoles a una demanda
presentada por la cantante Virginia Da Cuhna contra Google Inc. y Yahoo
de Argentina SRL, por vincular e incluir en sus respectivos buscadores
de Internet páginas de contenido sexual donde vinculaban su nombre,
imagen y fotografías con esos sitios y actividades.
En razón de ello, Da Cuhna reclamó una indemnización
como reparación del daño material y moral. Asimismo, solicitó el cese
definitivo “del uso antijurídico y no autorizado de su imagen y de su
nombre”, así como “la eliminación de su imagen y nombre de los sitios de
contenido sexual, erótico y pornográfico denunciados”.
En consecuencia, la jueza ordenó a las compañías
demandadas pagar una indemnización por el daño moral que le causó a Da
Cuhna la situación denunciada.
En su demanda, Da Cuhna indicó que esa situación
constituye un un avasallamiento a sus derechos personalísimos al honor,
al nombre, a la imagen y a la intimidad, al haber sido vinculada a
páginas de internet de contenido sexual, erótico y pornográfico y
asimismo por la utilización comercial y no autorizada de su imagen.
La jueza Simari destacó que “los buscadores operados
por las demandadas también son sitios de internet, y sus autores y/o
responsables deciden qué contenidos incluyen o no en los mismos”.
Agregó que “su quehacer constituye un servicio que
facilita la llegada a sitios que de otro modo serían de muy dificultoso
acceso, y además, esa facilitación hace precisamente al núcleo de una
de las actividades centrales que desarrollan”.
“Así pues, nos hallamos en condiciones de afirmar
que el buscador al contribuir al acceso a los sitios de internet se
encuentra en las mejores condiciones técnicas para prevenir la
eventual generación de daño y de allí surge el perfil de los
buscadores como responsables de su actividad facilitadora del acceso a
sitios”, añadió.
Con relación al daño casuado, la magistrada consideró
la circunstancia de que la accionante transite una actividad
profesional que por esencia requiere la exposición pública de su
físico y m s precisamente de su imagen, no legitima cualquier clase de
exposición de su figura por terceros.
“El estándar para valorar un supuesto de afectación
a la imagen, está conformado por el contexto en que las imágenes
supuestamente atentatorias, hayan sido difundidas. En el caso, la
presencia de la de la actora en páginas de contenido sexual, erótico,
pornográfico no deja margen para la duda acerca de su entidad para
afectarla”, sentenció.
Ver fallo completo en PDF haciendo click en el enlace.
Fecha:30/07/2009
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La Cámara Civil dejó sin efecto una resolución de primera instancia, que había ordenado a los buscadores indemnizar a una cantante por indexar en sus sitios páginas de contenido sexual donde vinculaban el nombre e imagen de la artista. Fallo completo
http://www.cij.gov.ar/nota-4777-Revocaron-una-condena-contra-Yahoo-y-Google-por-publicaciones-en-la-web.html