El buscador fue condenado a pagar $50.000 a Priscila Prete ya que, pese a la demanda de la modelo, seguía apareciendo en varios sitios vinculados a pornografía y prostitución.

El motor de búsqueda Yahoo! fue condenado a pagar 50.000 pesos de indemnización a una modelo argentinaa la que, pese a la intimación cursada por la demandante, la mantuvo en varios sitios vinculados a actividades pornográficas y de prostitución.
La sentencia la dictó la Cámara en lo Civil y Comercial Federal ante la demanda promovida por Priscila Prete.
El fallo, dictado por la Sala Primera de la Cámara, benefició a Prete, integrante de la agencia de Leandro Ruud, quien no sólo reprochó al buscador Yahoo! su inclusión en páginas pornográficas sino también la "omisión de eliminar con diligencia de sus listados los sitios que le fueron notificados de manera apropiada como infractores".
"Si una vez advertida e intimada por el afectado, la demandada no elimina el alojamiento en su página y el acceso a esa información, no puede excusarse en su carácter de mero intermediario de buena fe", refutaron los jueces María Susana Najurieta, Francisco de las Carreras y Martín Diego Farrell los argumentos de Yahoo!.
"Si una vez advertida e intimada por el afectado, la demandada no elimina el alojamiento en su página y el acceso a esa información, no puede excusarse en su carácter de mero intermediario de buena fe", refutaron los jueces María Susana Najurieta, Francisco de las Carreras y Martín Diego Farrell los argumentos de Yahoo!.
El fallo condena al motor de búsqueda por su conducta, que "está configurada por su posibilidad de eliminar de su propia página de resultados aquellos que por su carácter injurioso generan daño que el proveedor del servicio de buscadores está en condición de evitar una vez que tomó conocimiento del material dañoso".
En este caso, Prete "identificó cinco sitios de contenidos injuriantes y ostensiblemente violatorios de sus derechos al honor, el buen nombre y a la intimidad. Pidió y obtuvo el dictado de una medida cautelar de alcance amplio... La demandada incurrió en incumplimiento" al demorar la remoción de los sitios denunciados.
"El daño a la señorita Priscila Prete fue inmediato y la profesionalidad de la demandada imponía un patrón de diligencia acorde con su aptitud tecnológica", sostiene el fallo, que además reconoce como "verosímil que las empresas que contrataban a la actora se retrajeran al ver su nombre y persona asociada con sitios de acompañantes, oferta de sexo y pornografía".
El fallo incorpora una variante sobre el concepto de privacidad, al subrayar que "el retrato fotográfico de una persona no puede ser puesto en el comercio sin el consentimiento expreso de la persona misma y, muerta ésta, de su cónyuge e hijos o descendientes directos de estos, o en su defecto del padre o la madre".
"La noción de 'puesto en el comercio' es apreciada con criterio amplio pues toda exhibición o difusión con cualquier finalidad entra en la categoría y no es necesario ni el espíritu de lucro del intermediario, ni que la lesión espiritual derivada de la utilización no autorizada de la imagen se acumule con el daño al honor, la intimidad o la privacidad".
En las últimas semanas, la Justicia Civil sentenció al motor de búsqueda de Internet Google a pagarle 35 mil pesos a la modelo Bárbara Lorenzo y quitar de sus índices "de forma definitiva" cualquier vinculación con "sitios de contenido sexual erótico y pornográfico".
Además, los buscadores de Google y Yahoo! fueron condenados a indemnizar con 90 mil pesos a la actriz Paola Krum por su aparición en páginas web de contenido pornográfico.
En este caso, Prete "identificó cinco sitios de contenidos injuriantes y ostensiblemente violatorios de sus derechos al honor, el buen nombre y a la intimidad. Pidió y obtuvo el dictado de una medida cautelar de alcance amplio... La demandada incurrió en incumplimiento" al demorar la remoción de los sitios denunciados.
"El daño a la señorita Priscila Prete fue inmediato y la profesionalidad de la demandada imponía un patrón de diligencia acorde con su aptitud tecnológica", sostiene el fallo, que además reconoce como "verosímil que las empresas que contrataban a la actora se retrajeran al ver su nombre y persona asociada con sitios de acompañantes, oferta de sexo y pornografía".
El fallo incorpora una variante sobre el concepto de privacidad, al subrayar que "el retrato fotográfico de una persona no puede ser puesto en el comercio sin el consentimiento expreso de la persona misma y, muerta ésta, de su cónyuge e hijos o descendientes directos de estos, o en su defecto del padre o la madre".
"La noción de 'puesto en el comercio' es apreciada con criterio amplio pues toda exhibición o difusión con cualquier finalidad entra en la categoría y no es necesario ni el espíritu de lucro del intermediario, ni que la lesión espiritual derivada de la utilización no autorizada de la imagen se acumule con el daño al honor, la intimidad o la privacidad".
En las últimas semanas, la Justicia Civil sentenció al motor de búsqueda de Internet Google a pagarle 35 mil pesos a la modelo Bárbara Lorenzo y quitar de sus índices "de forma definitiva" cualquier vinculación con "sitios de contenido sexual erótico y pornográfico".
Además, los buscadores de Google y Yahoo! fueron condenados a indemnizar con 90 mil pesos a la actriz Paola Krum por su aparición en páginas web de contenido pornográfico.
Fecha: 19/09/2012
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