05/09/2012 La Cámara Civil revocó la sentencia de primera instancia ordenó que se le pague una suma de dinero y que se retiren los links que la vinculaban a páginas de contenido erótico. El problema de la falta de una norma que regule esta problemática

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La Cámara Civil revocó la sentencia de primera instancia y obligó a Google a que le pague cerca de $200.000 a la actriz Paola Krum debido a que se vinculaba su imagen a páginas de contenidos pornográficos.
Krum no es ninguna pionera en cuanto a juicios iniciados a este buscador. Antes que ella, famosas como: Pamela David, Nicole Neumann, Evangelina Carrozo y Julieta Prandi presentaron demandas similares que obligaron a Google, y en algunos casos también a Yahoo , a retirar sus nombres de sus registros porque remitían a sitios pornográficos.
Otra famosa que libró la misma batalla hasta ahora sin tanto éxito es Pamela David, ya que la Cámara Civil y Comercial Federal limitó los alcances de una cautelar requerida por la conductora de "Desayuno americano" contra el mayor buscador y ordenó a la actora que especifique qué sitios de contenido "erótico" relacionados con su nombre quiere que se bloqueen.
En tanto, otras como Romina Gaetani, Silvina Luna, Soledad Fandiño y Eliana Guercio iniciaron acciones legales contra Google pero que aún están a la espera de resultados.
Otra famosa que libró la misma batalla hasta ahora sin tanto éxito es Pamela David, ya que la Cámara Civil y Comercial Federal limitó los alcances de una cautelar requerida por la conductora de "Desayuno americano" contra el mayor buscador y ordenó a la actora que especifique qué sitios de contenido "erótico" relacionados con su nombre quiere que se bloqueen.
En tanto, otras como Romina Gaetani, Silvina Luna, Soledad Fandiño y Eliana Guercio iniciaron acciones legales contra Google pero que aún están a la espera de resultados.
Falta de regulación
"Ya que en la Argentina no existe legislación específica aplicable a los Proveedores de Servicios de Internet (ISP) y, en particular, a los buscadores y a las redes sociales, el juez debe resolver la cuestión aplicando las normas de responsabilidad civil contenidas en el Código Civil", explicó Fernando Tomeo, abogado especialista en nuevas tecnologías.
Asimismo, otro problema es que el Congreso Nacional no trató aún ninguno de los proyectos de ley existentes al respecto.
Uno de ellos fue presentado por el diputado Federico Pinedo en febrero de 2011, donde su impulsor explicó que "si todos los que prestan algún servicio de Internet (de acceso, de alojamiento de contenidos, de búsqueda) pudieran ser demandados y declarados responsables por los contenidos colgados por otras personas, sencillamente Internet debería cerrarse".
"Nadie puede hacerse responsable por los daños que puedan causar todos los demás habitantes del planeta. El proyecto busca establecer que los prestadores de servicios de Internet no son responsables por los contenidos de terceros respecto de los cuáles no hayan tenido ellos mismos acciones directas", continuó Pinedo.
"Si alguien cuelga un material que viola un derecho, él es el único responsable y no los prestadores que proveen los medios a través de los cuáles se puede acceder al mismo", enfatizó, y finalizó señalando que "el único que puede ordenar acciones contra un contenido en la web es un juez", finalizó Pinedo.
En este contexto, Miguel Sumer Elías, abogado especialista en Derecho Informático y Director de Informática Legal (www.informaticalegal.com.ar), dijo que "ante la inexistencia de una disposición legal concreta que regule estas cuestiones, no se puede fijar como principio general el de obligar a los buscadores a estar siempre alerta y eliminar automáticamente cada contenido creado por terceros que consideren ilícito, falso o inmoral".
Para Gustavo Tanús, abogado de muchos de los famosos que reclaman contra los buscadores, las sentencias como las del caso Carrozo "reconocen el gran daño que se le puede causar a una persona por difundir indiscriminada e irresponsablemente todo tipo de contenido que se encuentra en Internet, escudándose en la libertad de expresión, sin advertir que no se tratan de derechos absolutos y que hay que ejercerlos con responsabilidad y asumir los riesgos derivados de ello".
"Ya que en la Argentina no existe legislación específica aplicable a los Proveedores de Servicios de Internet (ISP) y, en particular, a los buscadores y a las redes sociales, el juez debe resolver la cuestión aplicando las normas de responsabilidad civil contenidas en el Código Civil", explicó Fernando Tomeo, abogado especialista en nuevas tecnologías.
Asimismo, otro problema es que el Congreso Nacional no trató aún ninguno de los proyectos de ley existentes al respecto.
Uno de ellos fue presentado por el diputado Federico Pinedo en febrero de 2011, donde su impulsor explicó que "si todos los que prestan algún servicio de Internet (de acceso, de alojamiento de contenidos, de búsqueda) pudieran ser demandados y declarados responsables por los contenidos colgados por otras personas, sencillamente Internet debería cerrarse".
"Nadie puede hacerse responsable por los daños que puedan causar todos los demás habitantes del planeta. El proyecto busca establecer que los prestadores de servicios de Internet no son responsables por los contenidos de terceros respecto de los cuáles no hayan tenido ellos mismos acciones directas", continuó Pinedo.
"Si alguien cuelga un material que viola un derecho, él es el único responsable y no los prestadores que proveen los medios a través de los cuáles se puede acceder al mismo", enfatizó, y finalizó señalando que "el único que puede ordenar acciones contra un contenido en la web es un juez", finalizó Pinedo.
En este contexto, Miguel Sumer Elías, abogado especialista en Derecho Informático y Director de Informática Legal (www.informaticalegal.com.ar), dijo que "ante la inexistencia de una disposición legal concreta que regule estas cuestiones, no se puede fijar como principio general el de obligar a los buscadores a estar siempre alerta y eliminar automáticamente cada contenido creado por terceros que consideren ilícito, falso o inmoral".
Para Gustavo Tanús, abogado de muchos de los famosos que reclaman contra los buscadores, las sentencias como las del caso Carrozo "reconocen el gran daño que se le puede causar a una persona por difundir indiscriminada e irresponsablemente todo tipo de contenido que se encuentra en Internet, escudándose en la libertad de expresión, sin advertir que no se tratan de derechos absolutos y que hay que ejercerlos con responsabilidad y asumir los riesgos derivados de ello".
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