El fiscal de Violencia Familiar y de Género 3, Facundo Ruiz de los Llanos, tomará declaración hoy a R.R.A. (34), detenido ayer como posible responsable del delito de grooming y estupro en perjuicio de una menor de 14 años. Previamente, deberá asistir a la audiencia de control de legalidad en el Juzgado de Garantías de Cuarta Nominación, a cargo del juez Diego Rodríguez Pipino.
Las actuaciones que derivaron en la detención de R.R.A. se iniciaron el 1 de octubre de 2014, a raíz de la denuncia presentada por la madre de una adolescente de 14 años. La mujer relató que su hija había comenzado a tener problemas de conducta e, incluso, había llegado a escaparse de la vivienda a la madrugada. La menor le confesó luego que hacía un mes había iniciado una relación sentimental con un hombre de 34 años a quien había conocido a través de Facebook y el sitio Whatsapp Salta.
A partir de investigaciones de la División de Trata de Personas de la Policía de Salta surgió la posible configuración de los delitos de grooming (la ley 26904 incorporó la figura de grooming o ciberacoso sexual al artículo 131 del Código Penal) y estupro, y se solicitó la detención de R.R.A. al encontrarse afectada la integridad sexual de una menor. También se ordenó el allanamiento de su domicilio, con el fin de secuestrar elementos útiles a la causa. La orden fue librada por el juez de Garantías 4. El operativo se concretó el 9 de diciembre pasado y como resultado se secuestraron celulares, pendrives, blíster plásticos con tarjetas de almacenamiento y tarjetas SIM, cámaras fotográficas, rollos de fotos, notebook y preservativos.
La figura de grooming o ciberacoso prevé una pena de seis meses a cuatro años de prisión para el que, por medio de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual.
A partir de investigaciones de la División de Trata de Personas de la Policía de Salta surgió la posible configuración de los delitos de grooming (la ley 26904 incorporó la figura de grooming o ciberacoso sexual al artículo 131 del Código Penal) y estupro, y se solicitó la detención de R.R.A. al encontrarse afectada la integridad sexual de una menor. También se ordenó el allanamiento de su domicilio, con el fin de secuestrar elementos útiles a la causa. La orden fue librada por el juez de Garantías 4. El operativo se concretó el 9 de diciembre pasado y como resultado se secuestraron celulares, pendrives, blíster plásticos con tarjetas de almacenamiento y tarjetas SIM, cámaras fotográficas, rollos de fotos, notebook y preservativos.
La figura de grooming o ciberacoso prevé una pena de seis meses a cuatro años de prisión para el que, por medio de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual.
Fuente: http://www.justiciasalta.gov.ar/noticia-poder-judicial-salta.php?iIdNoticia=1607
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